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Corte Suprema advierte posibles choques constitucionales en el estatuto antiterrorista de De la Espriella

schedule4 min de lectura Hace 1 día
Foto: Activación Fuerza Tarea Conjunta Urano-Joel González

La Corte Suprema de Justicia advirtió que varios componentes del estatuto antiterrorista impulsado por el Gobierno de Abelardo De la Espriella podrían entrar en conflicto con la Constitución, aunque reconoció que la iniciativa persigue un fin constitucionalmente legítimo. El presidente de la Sala Penal, magistrado Carlos Roberto Solórzano, habría pedido ajustar disposiciones relacionadas con el registro de organizaciones terroristas, la aprehensión de bienes, las restricciones de derechos y las facultades extraordinarias que tendría el presidente.

El proyecto, elaborado por los ministerios del Interior, Defensa y Justicia, contempla más de 130 artículos y busca, según el ministro del Interior, Rodrigo Lara, atacar las finanzas de las organizaciones criminales. Una de sus piezas centrales es el Registro Nacional de Organizaciones y Actores Terroristas, que permitiría incluir personas u organizaciones por decisión del Consejo de Seguridad Nacional, por aparecer en listas del Consejo de Seguridad de la ONU o mediante una designación extranjera provisional, que tendría que ser confirmada o revocada en un plazo de 90 días.

La inclusión en ese registro podría generar consecuencias administrativas y financieras inmediatas, como el congelamiento de fondos y activos, restricciones para contratar con el Estado y la pérdida de acceso a subsidios. El proyecto también contempla efectos penales. Frente a este mecanismo, la Corte advirtió que aparecer en una lista administrativa no puede sustituir la prueba de un delito ni demostrar por sí solo la responsabilidad penal de una persona.

“Su principal debilidad jurídica es hacer depender consecuencias penales y patrimoniales severas de un registro administrativo y diseñar tipos penales amplios o incompletos, en tensión con los principios de ultima ratio, lesividad y proporcionalidad”, señala el concepto citado por El Tiempo. Por ello, el alto tribunal propone incorporar una regla expresa que impida presumir responsabilidad penal, pertenencia, autoría o participación criminal únicamente por la inclusión en el registro.

Otro de los reparos se refiere a la acción que permitiría al Estado quedarse con bienes de personas u organizaciones incluidas en la lista y de sus presuntos testaferros cuando exista una desproporción patrimonial. Según el proyecto, la Fiscalía tendría que acreditar la inclusión en el registro y la desproporción, mientras el afectado debería demostrar el origen legal de sus bienes. La Corte advierte que esta figura podría convertirse en una confiscación, prohibida por el artículo 34 de la Constitución, si no se exige demostrar un vínculo entre los bienes y una actividad ilícita.

El tribunal también cuestionó las restricciones que podrían imponerse a personas por su pertenencia a una organización y que serían supervisadas por el Alto Comisionado contra el Terrorismo, un funcionario del Ejecutivo. Según el concepto, la falta de un soporte probatorio mínimo podría desconocer la reserva judicial para limitar derechos y afectar la separación de poderes. Sobre las facultades extraordinarias solicitadas para el presidente durante seis meses, pidió que los elementos esenciales de la acción de aprehensión de bienes queden definidos directamente en la ley y no dependan de decretos posteriores.

Pese a estos cuestionamientos, el Consejo Superior de Política Criminal dio su aval al proyecto por 11 votos a favor y tres en contra, según informó el ministro Rodrigo Lara. La iniciativa continuará su trámite en la Comisión Primera del Senado, donde deberá superar el debate legislativo. Si es aprobada por el Congreso, tendrá que pasar por la revisión de la Corte Constitucional antes de entrar en vigor.