Registrador nacional entuteló a Gustavo Petro por sus denuncias sobre un posible fraude electoral

El registrador nacional Hernán Penagos Giraldo presentó una acción de tutela contra el expresidente Gustavo Petro por las denuncias que el exmandatario realizó públicamente sobre un supuesto fraude en las elecciones presidenciales de 2026. El Consejo de Estado admitió la acción el 30 de septiembre y abrió un trámite en el que deberán ser examinados tanto los señalamientos de Petro como la solicitud de protección de los derechos al buen nombre, la honra y la rectificación planteada por el registrador.
La tutela fue admitida por la Sección Tercera, Subsección C, de la Sala de lo Contencioso Administrativo, bajo la ponencia del consejero Nicolás Yepes Corrales. El tribunal consideró que la acción cumplía los requisitos formales establecidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y ordenó notificar a Petro para que ejerza su derecho de defensa y presente un informe sobre los hechos señalados por Penagos.
La acción judicial se refiere a 14 publicaciones realizadas por Petro en su cuenta de X entre el 2 de junio y el 5 de agosto, además de las afirmaciones realizadas durante un consejo de ministros transmitido públicamente el 14 de julio. De acuerdo con el escrito presentado por Penagos, en esas intervenciones el expresidente relacionó al registrador y a la Registraduría con un supuesto plan para alterar el resultado de las elecciones.
Los cuestionamientos formulados por Petro estuvieron relacionados con diferentes componentes del sistema electoral. Entre ellos aparecen presuntas modificaciones del censo electoral, cambios en el número de puestos y mesas de votación y dudas sobre los mecanismos de seguridad y trazabilidad de los formularios E-14.
La tutela también recoge señalamientos sobre una supuesta alteración de las direcciones IP de servidores de la Registraduría, la existencia de patrones matemáticos que, según Petro, podrían evidenciar una manipulación de resultados y cuestionamientos a la posibilidad de realizar una auditoría sobre el código fuente de los sistemas electorales.
Penagos sostiene que esas afirmaciones le atribuyeron personalmente y a la Registraduría la responsabilidad por un fraude electoral y que carecen de fundamento. Según la acción, el registrador solicitó previamente una rectificación, pero afirma que no recibió una respuesta ni una corrección dentro del término que consideraba correspondiente.
La admisión de la tutela, sin embargo, no constituye una decisión del Consejo de Estado sobre la existencia o inexistencia del supuesto fraude. El tribunal deberá tramitar las posiciones de las partes y recibir los pronunciamientos de las entidades vinculadas antes de adoptar una decisión sobre las pretensiones de la acción.
En respuesta a la tutela, Petro volvió a defender sus cuestionamientos sobre el proceso electoral y planteó que el propio trámite judicial debe servir para que el registrador responda públicamente por varios de los interrogantes que ha formulado.
La denuncia por fraude electoral está en manos de la justicia, pero yo ejerzo mi derecho fundamental a elegir y ser elegido y en mi caso, respecto a las elecciones presidenciales, mi derecho a elegir que me fue conculcado por la falta de transparencia de la registraduría. Que me responda el registrador en la tutela que el mismo interpuso: 1. ¿Por qué no tenían el código Hash el 97% de los formularios PDF denominados E14 elevados al internet por la firma de escrutinio privada Thomas Gregg and sons, cuando como jefe de estado se lo solicité a usted y públicamente y se lo solicitaron veedores electorales? El código Hash es norma internacional obligatoria para hacer inmodificable todo documento público o privado PDF, y así lo obliga también nuestra ley en materia electoral. En mi elección como presidente conté con la garantía de inmodificabilidad del codigo Hash en los resultados de mesa puestos en el E14, pero de ahí en adelante, bajo su gestión, se eliminaron en todas las elecciones que siguieron ¿Va a efectuar las próximas elecciones locales también sin código Hash en los formularios, haciendolas perder su transparencia? 2. ¿Por qué el análisis pericial estadístico hecho sobre todas las mesas determina, de manera absoluta, que no existió azar en las elecciones, que es propio de toda elección libre y humana, sino patrones matemáticos en decenas de miles de mesas, ordenadas de manera consecutiva, tal como lo hizo la registraduría, en cada puesto de votación de los 1350 que detectó la investigación de la agrupación "testigos digitales" compuesta por 75.000 ciudadanos con conocimiento en estadística y programación de computadores y ahora avalado por peritos y expertos en estadística? Para su conocimiento, el examen pericial usó el modelo de análisis Wald-Wolfowitz, o análisis de rachas. Usted, señor registrador le mintió al pueblo colombiano cuando afirmó ante la prensa que había dotado de código Hash los formularios PDF E14 y sólo puso un código alfanumérico de denominación de los formularios E14 sin capacidad para hacerlos inmodificables violando la ley. No hubo una sola palabra suya.sobre la frase pública dicha por el presidente de los EEUU Donald Trump, que afirmó que el candidato Abelardo de la Espriella había ganadonlas elecciones gracias a él.¿ No constituye esa frase, dicha por un jefe se estado, una prueba contra usted y su función? Espero sus respuestas de manera pública o en el proceso de tutela si así quiere. https://t.co/6BbFATeXGB
— Gustavo Petro (@petrogustavo) October 5, 2026
Uno de ellos está relacionado con los formularios E-14 publicados en internet. Petro afirmó que el 97 % de los archivos PDF divulgados por la firma Thomas Greg & Sons no tenía código Hash y preguntó a Penagos por qué ese mecanismo no habría sido incorporado, pese a que, según sostuvo, lo había solicitado durante su mandato.
El expresidente sostiene que el código Hash permite verificar la integridad de un archivo digital y detectar modificaciones posteriores. También afirmó que ese mecanismo había sido utilizado durante las elecciones presidenciales en las que resultó elegido, pero que posteriormente dejó de emplearse en los procesos electorales.
Petro también reiteró un cuestionamiento basado en un análisis estadístico que atribuyó a la agrupación Testigos Digitales, conformada, según su publicación, por 75.000 ciudadanos con conocimientos en estadística y programación. Aseguró que el estudio examinó las mesas electorales y encontró patrones matemáticos en decenas de miles de ellas.
Según Petro, la investigación identificó 1.350 puestos de votación con los patrones señalados y utilizó el modelo Wald-Wolfowitz, conocido como análisis de rachas. El expresidente sostuvo además que los resultados del estudio fueron posteriormente respaldados por peritos y expertos en estadística.
A partir de estos elementos, Petro cuestionó las explicaciones entregadas por la Registraduría sobre los mecanismos de seguridad de los E-14 y afirmó que el código utilizado por la entidad habría sido únicamente un código alfanumérico de identificación y no un código Hash destinado a garantizar la integridad del documento.
El expresidente también incorporó a su respuesta una referencia a una declaración pública del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, quien afirmó que Abelardo de la Espriella ganó las elecciones gracias a su respaldo. Petro preguntó al registrador por su silencio frente a esa afirmación y planteó que también debía explicar si ese pronunciamiento tenía alguna relevancia dentro de la discusión sobre las condiciones en que se produjo el resultado electoral.
Además de Petro, el Consejo de Estado vinculó al trámite al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, al Consejo Nacional Electoral, a la Fiscalía General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo. Las entidades deberán pronunciarse sobre los hechos y las pretensiones de la tutela dentro de los tres días siguientes a la notificación del auto.
El Dapre fue vinculado por su relación con las comunicaciones oficiales de la Presidencia durante el periodo cuestionado y por tener bajo su custodia los registros del consejo de ministros del 14 de julio. El CNE fue llamado al proceso por sus competencias constitucionales relacionadas con el escrutinio y la declaratoria de la elección presidencial.
La Fiscalía fue vinculada debido a que algunos de los señalamientos de Petro se refieren a conductas que, de comprobarse, podrían tener consecuencias penales. La Defensoría también participará en el trámite después de que esa entidad hubiera advertido el 6 de agosto sobre mensajes intimidatorios que podían generar represalias contra el registrador, funcionarios de la Registraduría y las instalaciones de la entidad.
La tutela coloca ahora ante el Consejo de Estado una disputa que hasta el momento se había desarrollado principalmente en el escenario político y público. Penagos busca que se protejan sus derechos y los de la Registraduría frente a las acusaciones de Petro, mientras el expresidente sostiene que sus cuestionamientos deben ser respondidos y examinados dentro de las instituciones encargadas de garantizar la transparencia electoral.
El proceso deberá avanzar con la respuesta de Petro y los pronunciamientos de las entidades vinculadas, antes de que el Consejo de Estado adopte una decisión sobre las pretensiones de la tutela.
